Bases Programa ConciliAres

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INSCRIPCIONES CONCILIARES 2024https://forms.gle/7Zt96RmXbqFp4XVC9

INTRODUCCIÓN:

Galicia es un referente en las actividades de educación no formal, ocio educativo y tiempo libre que se programan, de manera mayoritaria, durante los meses de verano. Se programan cientos de actividades a lo largo de nuestro territorio con el objetivo de ofrecer un recurso de educación en el tiempo libre para los niños/as y jóvenes/as, y de conciliación para las familias gallegas durante la época estival.

¿Qué es este Servicio?

El Servicio de “Conciliares ” es una actividad  de campo lúdico-educativa, donde los niños y niñas podrán realizar actividades adaptadas y divertidas al tiempo que aprenden y se desarrollan, ayudando así también a las familias a conciliar su vida laboral y familiar.

Este servicio, se lleva a cabo desde la Concejalía de Servicios Sociales, siguiendo una rigurosa orden de seleción según los criterios de acceso , y donde tienen preferencia los casos de emergencia social y aquellas familias en las que @ambos los progenitores trabajen.

Además, para una correcta labor del servicio contaremos con:

  • Varios educadores (según la normativa vigente lo exija) con la cualificación necesaria para ejercer a labor.
  • Uno/una limpadorx-coordinadora, que estará pendiente en todo momento de la hixienización de los espacios donde se lleven a cabo las actividades.

OBJETIVOS DEL SERVICIO:                                                                         

Objetivos generales:

  • Fomentar la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas usuarias.
  • Contribuir a la formación integral de las personas seleccionadas, potenciando la oferta de actividades de carácter educativo, deportivo, artístico, de ocio, de promoción de la salud y de habilidades personales.
  • Potenciar valores y actitudes, así como el desarrollo de la autonomía personal y superación de dificultades.
  • Fomentar la utilización de la actividad lúdica como un recurso educativo y creativo en el tiempo
  • Facilitar la maduración de la personalidad de los niños y niñas nos sus diferentes ámbitos: cognitivo, psicomotriz y psicosocial.
  • Apoyar la coordinación con el tejido asociativo en todos los niveles municipales.
  • Fomentar hábitos de respeto, convivencia, igualdad y solidaridad, potenciando los valores positivos del pluralismo, la tolerancia, la coeducación y el respeto a la diversidad.

Objetivos específicos:

  • Promover estilos de vida saludables.
  • Promover las actitudes y valores de igualdad de género.
  • Conseguir que las personas seleccionadas adquieran una mayor autonomía y responsabilidad en la organización de su tiempo libre.
  • Desarrollar la autoestima de nuestros niños y niñas
  • Mejorar las relaciones entre los niños y niñas y ayudarles a adquirir habilidades sociales y de comunicación.
  • Favorecer la sensibilidad, la curiosidad y la creatividad de las personas seleccionadas.
  • Favorecer la toma de decisiones.
  • Favorecer la autonomía personal de los niños y niñas.
  • Promover la resolución pacífica de conflictos.
  • Hacer hincapié en alguna/s dificultad/s que puedan condicionar el aprendizaje en las materias instrumentales básicas.
  • Favorecer lo desenrollo cognitivo, psicomotor, afectivo-social y de la personalidad de los niños y niñas a través del juego y las actividades lúdicas idóneas la cada edad.
  • Proporcionar a los niños un espacio especializado en el juego, donde aprender jugando, divertirse, desenrollar la imaginación y la creatividad junto con su grupo de iguales sea el más importante.
  • Facilitar la integración y lo desenrollo de los niños y de la niñas con necesidades educativas especiales o en situación de emergencia social a través del juego, ya que este es un elemento integrador que logra que adquieran rutinas, normas simples, valores sociales y de convivencia, etc.
  • Afianzar los conocimientos académicos básicos que adquieren en la escuela por medio de una metodología lúdica.

Todo esto, mediante una serie de actividades que más adelante describiremos y para las que seguimos una serie de criterios:

  • Adecuación a los principios educativos.
  • Consideración de los objetivos, haciendo sobre todo hincapié en las medidas sanitarias existentes.
  • Motivación para un aprendizaje significativo.
  • Coherencias pedagógico-didácticas.
  • Fomento de actitudes solidarias ante la realidad social y cultural.
  • Afianzamiento de comportamientos basados en valores humanos.

DESTINATARIOS

Niños/as con edades comprendidas entre los 3 y los 12 (ver punto criterios de acesso y preferencia)

40 plazas por quincena.

HORARIO

El horario es el siguiente:

Julio y agosto de 8:30 a 14:30 h. de lunes a viernes, excepto festivos.

INSTALACIONES

Esta actividad se lleva a cabo:

  • Centro SocioComunitario de Seselle; a causa de las obras en el C.P.I. As Mirandas este  año Conciliares 2024 se desarrollará en esta localización.

FECHAS QUINCENAS:

1ª QUINCENA DE JUNIO: DEL 1 a 12 de Julio .

2º QUINCENA DE JULIO: Del 15 a 31 de Julio .

1ªQUINCENA DE AGOSTO: Del 1 a 14 de Agosto .

2ªQUINCENA DE AGOSTO: DEL 16 a 30 de Agosto .

CRITERIOS DE ACCESO  Y PREFERENCIA DEL SERVICIO:

Ya que el Servicio de “Conciliares” es un servicio destinado a facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, los criterios de acceso seguirán la orden siguiente:

  • Nenxs empadroadxs en el Concello de Ares con alguno de los progenitores trabajando (Priorizacion de los casos en los que trabajen ambos los dos progenitores y segundo certificado de vacaciones de los progenitores).
  • Nenxs empadronados con informe previo de los Servicios Sociales.
  • Nenxs no empadronados en el Concello de Ares con ambos progenitores trabajando y que mínimo uno de los progenitores trabajen en el término municipal de Ares.
  • Nenxs no empadronados y sin ningun progenitor trabajando en Ares en el caso de no cubrir las plazas ofertadas; el baremo será lo de la renta.

Anotaciones:

  • Tendrán prioridad aquellas unidades familiares que tengan un mayor número de miembros solicitantes de esta actividad.
  • La orden de los listados de los participantes dentro de cada punto anterior vendrá dada por la renta de la unidad familiar (de inferior a mayor) y priorizando a los empadronados.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

Las familias interesadas, dentro del plazo de solicitud, deberán presentar la solicitud de inscripción mediante el formulario on-line dispuesto en la paxina web, en una vez confirmada dicha presincripcion mediante copia de la misma al correo electrónico dispuesto en la solicitud, aportar la documentación justificativa mediante registro electrónico a través de la página web  www.concellodeares.gal o presencialmente en el Departamento de Servicios Sociales:

  • Copia de la Preinscripción Online.
  • Declaración de la renta del ejercicio 2022 , o en el caso de no estar obligado a presentarla, certificación de la AEAT que acredite este hecho además de los datos fiscales que consten en lana AEAT en la que se puedan observar los ingresos anuales de la unidad familiar durante lo 2022.
  • Fotocopia del DNI del niño o niña o en su defecto fotocopia de la hoja donde aparece en el libro de familia.
  • Fotocopia de la cabecera de la nómina, contrato en vigor de los progenitores o cualquier otro documento legal que acredite la situación de empleabilidad del/s progenitor/eres y horarios( por cuenta propia o ajena ).
  • Certificado de convivencia.
  • Fotocopia del carné de familia numerosa en su caso.
  • Certificado médico de alergias o problemas médicos a tener en cuenta por el monitor/a, y avisar si las niñas o niños están de alta como casos de alerta escolar en el SERGAS.
  • Informe emitido desde la Concejalía de Servicios Sociales, en su caso.
  • Convenio regulador de separación el divorcio si fuera el caso/ sentencia judicial.
  • Certificado de Vacaciones de la empresa o Declaración Jurada en el caso de ser Autónomos.

Finalizado el plazo de matrícula, se publicará el listado provisional de personas admitidas y excluidas en la página web del ayuntamiento en el apartado destinado a la actividad, a la que se podrán hacer alegatos en el plazo de dos días hábiles. Una vez revisadas los alegatos formulados se había publicado el listado definitivo.

En caso de que exista mayor demanda que oferta de plazas, se elaborará un listado de espera siguiendo los mismos criterios anteriores.

No caso de variación de las circunstancias laborales de alguno de los progenitores entre el momento de la solicitud y la publicación de la resolución definitiva, las familias podrán solicitar la incorporación de nuevos documentos justificativos para su valoración.

TASAS:

 

    TRAMOS

 

                                                                    CUOTAS

IPREM MENSUAL: 600 € MES COMPLETO

(EMPADROADOS)

QUNCENA

(EMPADROADOS)

MES COMPLETO(NON EMPADROADOS) QUINCENA(NON EMPADROADOS)
 

 ATA 50% IPREM

 

Ata 300 €

 0 €  

 

 

0€

 

 

 

0€

 

 

 

0€

 

Do 50 % IPREM ATA O 75%

 

300€ – 450 €

30€  

 

 

15€

 

 

 

60€

 

 

 

30€

 

DO 75% DO IPREMAO 100%

 

450 € – 600 €

50€  

 

 

25€

 

 

 

80€

 

 

 

40€

 

DO 100% ATA 125% DO IPREM

 

600 € – 750 €

70€  

 

 

35€

 

 

 

100€

 

 

 

50€

DO 125% DO IPREM EN ADIANTE

 

750 € en adiante

100€  

 

 

50€

 

 

 

130€

 

 

 

65€

Para el cálculo de la tarifa se tendrá en cuenta a renta mensual per cápita referida al IPREM vigente, entendiendo por tal el resultado de dividir la suma de los ingresos anuales  totales de la unidad familiar entre 12 meses y su resultado entre los miembros que la componen.

A los efectos de la presente regulación, tiene la consideración de ingresos a suma de la base imponible general más la base imponible del ahorro. Para las personas no obligadas a declarar, las bases imponibles a las que se hace referencia se obtendrán como resultado de la documentación económica allegada.

Excepcionalmente, si la unidad familiar alega una merma de un 20 % o mas de sus ingresos durante mas de cuatro meses consecutivos y se mantuvieran en la fecha de inicio del plazo de solicitudes frente a los ingresos declarados en la declaración del IRPF del ejercicio anterior al año en el que se solicita el servicio, podrán aportar esta documentación justificativa de la @dito circunstancia para que se tenga en cuenta a valoración.

La renta per cápita familiar englobará los ingresos de todos los miembros que componen la unidad familiar divididos por el número de miembros computables.

Para lo previsto en estas bases, se considera que componen la unidad familiar:

  • Los padres/madres no separados legalmente y, en su caso el tutor o persona encargado de la guardia y protección del menor.
  • Los hijos/as menores de edad, con excepción de los emancipados.
  • Los hijos/as mayores de edad con discapacidad física, psíquica o sensorial o incapacitados judicialmente, sujetos a la patria potestad prorrogada o rehabilitada.
  • Los hijos/as solteros/as menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a aquel en el que comienza el curso escolar para lo cual se solicita el servicio, siempre que no habían tenido un contrato de trabajo o habían percibido recursos (excepto bolsas) durante el año anterior.

Cuando no exista vínculo matrimonial, la unidad familiar se entenderá constituida por el padre, la madre y todos los hijos de los padres que convivan con ellos y que reúnan los requisitos del apartado anterior.

No caso de separación o divorcio, no se considerará miembro de la unidad familiar aquel que no conviva con el solicitante del servicio. En cambio, sí tendrá la consideración de miembro computable el nuevo cónyuge o persona unido/a al padre/madre y que sí que conviva con el solicitante. La separación o divorcio se acreditará mediante sentencia judicial que determine a misma, o convenio regulador donde conste la custodia del menor.

Podrá exigirse en cualquier momento a ampliación de la documentación acreditativa de las diferentes circunstancias que se tienen en cuenta en el baremo de bonificación de las tasas.

La omisión, falsedad de los datos o de los documentos allegados, serán causa de denegación, con independencia de la incoación del correspondiente expediente sancionador.

NORMAS SOBRE LA IMPUTACIÓN DE LAS CUOTAS

Aquelas persoas solicitantes que non acheguen a documentación requirida para a determinación da súa capacidade económica, no prazo de subsanación correspondente, aboarán a tarifa prevista para aquelas unidades familiares cunha renda per cápita superior ao 100% do IPREM.

BENEFICIOS FISCALES

Tendrán derecho las siguientes bonificaciones:

  • Bonificación del 30% para los niños y las niñas pertenecientes a familias numerosas y familias monoparentales.
  • Bonificación del 30% desde lo 2º hermana dentro de la actividad ( descuento aplicable para lo según hermana/n y siguientes ) .

Los beneficios fiscales recogidos en este apartado, no serán acumulables en el caso de concurrir estas dos circunstancias en la misma plaza.

La solicitud de bonificación de tasas deberá hacerse en el apartado correspondiente de la solicitud on line.

DEVENGO

El deber de pago para los usuarios nace cuando se produzca la notificación de admisión en el servicio mediante la publicación de los listados definitivos de alumnado admitido (la cuota a abonar podrá consultarse en el Departamento de Servicios Sociales ) y en la forma que se indique en la dicha resolución.

La no asistencia del usuario al centro durante un período determinado no supone reducción ninguna, ni extinción de la tasa, mientras no se formalice la baja correspondiente con un mínimo de quince días antes de que comience cada turno.

La no asistencia de 3 días  sin justificar documentalmente en la actividad es motivo de baja automática de la actividad.

NORMAS DE GESTIÓN

Los/as usuarios/as realizarán el pago del servicio mediante transferencia bancaria en el número de cuenta que se designe en la resolución de admisión y siempre antes de comenzar a recibir el servicio.(ver plazos de pago)

Las cantidades abonadas solo se devolverán en el caso de no poder utilizar el servicio por causa de fuerza mayor no imputable al interesado. Estas causas deberán ser debidamente justificadas en la solicitud de devolución que se formule, debiendo acercar a esta los documentos justificativos que en cada caso correspondan. Fuera de estos casos, no se efectuarán devoluciones de las cantidades abonadas.

PRAZO DE SOLICITUDE

El plazo para presentar la solicitud comenzará el martes 14 de Mayo  de 2024 y finalizará el martes 31 de Mayo incluido).

Anotación: Las solicitudes que vayan a ser entregadas en el Departamento de Servicios Sociales  serán entregadas en horario de 9:00h a 14:00h o por registro electrónico en la Web Municipal.

El listado de admitid@s provisonal se había publicado en la paxina web y en el tablero de anuncios del Departamento de Servicios Sociales lo la dice 6 de Junio de 2022 y el listado definitivo lo la dice 10 de Junio.

Asimismo, una vez publicada el listado de admitidos dispondrán  hasta lo la dice 20 de Junio para hacer efectivas las detienes correspondientes al mes de Julio, y hasta el 20 de Julio para hacer efectivas las detienes de Agosto.

Lo numero de cuenta designado para tal es el siguiente;

ES66 2080 5609 9331 1000 0349; se pondrá el nombre del menor y el mes o quincena  te corresponde, enviando copia al siguiente correo: servizos.sociais@concellodeares.com

ACTIVIDADES:

De una manera general, las actividades de ocio educativo y tiempo libre son espacios de diversión, de formación, y también de fondo espíritu convivencial. En este sentido, las programaciones de actividades durante el verano suenen ser interactivas y participativas para conseguir la integración e inclusión de todos los niños y niñas y, teniendo temáticas distintas cada quincena.

BASES COMPLETAS EN PDF: CONCILIARES 2024

Fdo. Julio Ignacio Iglesias Redondo

Alcalde-Presidente del Concello de Ares

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