JULIO IGNACIO IGLESIAS REDONDO, ALCALDE DEL #CONCELLO DE ARES, HACE SABER:

Que, estando próxima la celebración de la noche de San Xoán y de San Pedro, con las tradicionales hogueras, y siendo preciso controlar el cumplimiento de la normativa vigente, sobre todo en cuanto a la seguridad de los participantes, toda vez que segundo el dispuesto en el artículo 1.1º del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, los Ayuntamientos podrán intervenir la actividad de sus administrados, entre otros casos, en el ejercicio de la función de policía cuando había podido existir perturbación o peligro de perturbación de la tranquilidad, salubridad o seguridad ciudadana, con la finalidad de restablecerlas o conservarlas, y de acuerdo también con el contenido del Decreto 105/2006 por lo que se regulan las medidas relativas a la prevención de incendios forestales, donde se indica que está prohibido encender hogueras fuera de las zonas habilitadas, excepto en el caso del día de San Xoán, para lo cual se precisará autorización previa del Ayuntamiento, DISPONGO:

Que las personas interesadas en la realización de cualquier hoguera con motivo de la festividad de San Xoán o de San Pedro, deberán comunicarlo expresamente al Ayuntamiento mediante instancia en modelo oficial, a partir del martes 13 de junio, hasta el día 22 de junio y del día 27 de junio, respectivamente.

El modelo de la instancia – comunicación, se facilitará en el Registro municipal o a través de Sede electrónica , y en él figurarán los datos relativos a la persona responsable (en todo caso mayor de edad), su teléfono de contacto, el lugar donde se pretende celebrar, y las condiciones que se exponen a continuación:

  • Lo/a solicitante que firma la instancia será lo/a responsable del cumplimiento de estas normas y de que la zona donde se autoriza esté, al día siguiente, en idóneas condiciones de limpieza y orden, tal y como se encontraba anteriormente.
  • El volumen del combustible de la hoguera no superará en ningún caso los 3 metros de altura ni los 8 de perímetro.
  • La separación de la hoguera con respecto de edificios o árboles será, como mínimo, de 15 metros.
  • En ningún caso se situarán las hogueras debajo de tendidos eléctricos o telefónicos, ni cerca de edificaciones, bodegas o almacenes de ningún tipo.
  • Se prohíbe expresamente la quema de plásticos, aceites, neumáticos, espumas de poliuretano, recipientes que contengan o habían podido contener líquidos o gases (sprays) aunque estén vacíos, y, en general, #cualquier otra sustancia que pueda desprender humo tóxico.
  • Las hogueras podrán ser prendidas entre las 20:00 horas del día 23 hasta las 03:00 horas del día 24, y entre las 20:00 horas del día 28 hasta las 03:00 horas del día 29.
  • Queda prohibida la realización de hogueras en cualquier tipo de vía pública pavimentada, parques, jardines o #zona verdes en general. En las playas, solo se podrán prender en aquellos lugares especialmente señalizados y acotados de los arenales de Ares (casco urbano), Seselle, El Raso, Area Muerta y Chanteiro. Queda prohibida la realización de hogueras en los restantes arenales del ayuntamiento.
  • Delante de cualquier incidencia deberán informar a la mayor brevedad a los servicios de emergencia a través del teléfono 112.

En caso de que sea detectado el incumplimiento del deber de comunicación o que aún habiendo hecho esta, no se ajuste al previsto, los Servicios Municipales y la Policía Local podrán proceder a la retirada de los materiales destinados a la hoguera, de manera que los costes de la operación serán de cuenta de las personas que habían sido identificadas como responsables y que hubieran hecho el acopio del material.

Gracias por su colaboración.

Ares, 12 de junio de 2023

El alcalde,

Fdo. Julio Ignacio Iglesias Redondo