La vista de la Resolución de la Diputación provincial de A Coruña por la que se aprueba la concesión provisional de subvenciones correspondientes al programa MA100: subvenciones a ayuntamientos para limpieza de playas marítimas en el año 2023, publicada en el BOP nº 11 el de 12 de junio de 2023, se elaboran las:

Bases para la provisión en régimen laboral temporal de 8 Peones para los Servicios Municipales de Limpieza de Playas Verano 2023.

PRIMER.- OBXECT0.-

El objeto de esta convocatoria es la contratación laboral temporal de 8 PEONES con el fin apoyar a los ayuntamientos de la provincia en el sostenimiento de los gastos de la contratación dirigidos a la limpieza de sus playas marítimas durante la temporada de verano.

SEGUNDO.- MODALIDADE.-

La modalidad de contratación, teniendo en cuenta el objeto de la convocatoria será el contrato por obra o servicio determinado, con una duración de 2 meses(a determinar por la entidad contratante) y una retribución mensual bruta (incluida parte proporcional de las pagas extras) de 1.260 €/mes.

TERCERO.- SISTEMA DE SELECCIÓN.-

En los términos del EBEP el sistema de selección, en atención al objeto, al reducido plazo de contratación y a la finalidad social que se le pretende otorgar consistirá en una baremación de las circunstancias socioeconómicas aplicando los baremos establecidos en el Anexo I y una entrevista con exposición curricular.

CUARTO.- DURACIÓN DEL CONTRATO JORNADA LABORAL.-

La duración del contrato será de dos meses contados a partir de la firma del mismo. Los aspirantes que superen el proceso de selección, están obligados a prestar una jornada de 37,5 horas semanales, en la medida y manera requeridas por el interés del servicio, con horario de mañana, o tarde, fraccionando la jornada se fuera preciso, respetando los descansos semanales preceptivos.

QUINTO.- CONDICIÓN DE LOS ASPIRANTES.-

Para formar parte en este proceso de selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos todos y cada uno a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes:

  1. Ser español, o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, estos últimos, acorde con el dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de
  2. Tener cumplidos 16
  3. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las funciones correspondientes al pasto de trabajo para lo cual se
  4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia

SEXTO.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.-

Las solicitudes para tomar parte en el proceso de selección deberán hacerse mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde, en el modelo en el Anexo 11, que se facilitará la tal efecto en el Registro General del Ayuntamiento, y se presentarán en el propio Registro General del Ayuntamiento en horario de 9 a 14 h. Junto con la instancia deberá acercarse la documentación que de sucesivo se relaciona.

El plazo será de 5 días naturales

  • Fotocopia del N.I.
  • Fotocopia de la Tarjeta de Demandante
  • Informe de Vida Laboral actualizada(no necesaria en caso de que conste la fecha de inscripción natarxeta de demandante de empleo)..

En el supuesto de que no poda acreditarse la antigüedad como demandante de empleo mediante: «Fotocopia de la tarjeta de demandante de empleo actualizada» y «Informe de Vida Laborar, deberá acreditarse mediante un Informe emitido por la  Oficina  de el  Servicio  Público de Empleo en el que figure la antigüedad del candidato como demandante de Empleo.

La apertura de este proceso de selección se publicará en un Periódico de los de mayor tirada de la comarca, además de su publicación en la página web del Concello de Ares.

SÉTIMO.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.-

Expirado el plazo de presentación de instancias, se publicará la lista de aspirantes admitidos y excluidos (en este caso con indicación de las causas que motivaron la exclusión) que  se  hará pública en el Tablero de Anuncios y en la página web del ayuntamiento.

En la misma resolución el Alcalde determinará la composición de la Comisión Seleccionadora, así como lugar, fecha y hora de la celebración de la entrevistas,  que se publicarán  también en el Tablero de Anuncios y en la página web del ayuntamiento para su conocimiento general.

Las personas no admitidas dispondrán de dos días naturales desde la publicación de la resolución para formular alegatos

OITAVO.- COMISION DE SELECCIÓN.-

La Comisión Seleccionadora será designada por el Alcalde mediante Resolución de la Alcaldía.

NOVENO.- SELECCIÓN DE ASPIRANTES.-

La comisión seleccionadora, en base a las circunstancias socioeconom1cas acreditadas pala documentación aportada por el propio solicitante, la que obre en poder del propio Ayuntamiento y la entrevista con exposición curricular, le adjudicará la cada uno de ellos la puntuación correspondiente.

La cada uno/una de los/as aspirantes previamente admitidos/as y que alcancen las 40 puntuaciones mas altas (en caso de que se superen las 40 solicitudes), se le realizará una entrevista con exposición curricular cuya puntuación se añadirá a la alcanzada en la primera  fase y el resultado final establecerá el puesta definitivo del aspirante.

DÉCIMO.- PROPUESTA DE CONTRATACIÓN.-

Finalizada la cualificación del proceso de selección, la Comisión publicará en el tablero de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal a relación de todos los aspirantes con la puntuación final.

La comisión seleccionadora elevará a la Alcaldía a correspondiente propuesta de contratación  a favor de los/as aspirantes que obtuvieron la puntuación total más alta (la Comisión  no podrá hacer propuesta de contratación a favor de un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas o propuestas posteriormente).

UNDÉCIMO.- FORMALIZACIÓN DO CONTRATO.-

La comisión seleccionadora elevará la la Alcaldía la correspondiente propuesta de contratación a favor de los/as aspirantes que obtuvieron la puntuación total más alta (la Comisión en el podrá hacer propuesta de contratación a favor de un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas el propuestas posteriormente).

La formalización de los contratos tendrá lugar dentro del plazo de cinco días naturales, a contar  desde la data de notificación del acorde de contratación. Mientras no se formalicen los respectivos contratos y no se incorporen al puesta de trabajo, las/os aspirantes no tendrán derecho la percepción económica de ninguna clase.

DÉCIMOSEGUNDO.- NORMAS FINAIS.-

Primera.-Para todo lo no previsto en estas bases, culo aquello que las contradigan, será de aplicación supletorio el establecido en la Ley reguladora de las bases de régimen local, en la Ley de administración local de Galicia, Real Decreto 896/1991, Real Decreto 364/1995, y demás legislación vigente que sea de aplicación.

Segunda.- Todos los actos administrativos derivados de esta convocatoria, así como la actuación de la Comisión Seleccionadora, podrán ser impugnados por los/as interesados/as nos casos y en la forma establecida pala Ley de procedimiento administrativo y normas vigentes concordantes.

ANEXO 1.

CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE PEÓNES PARA LIMPEZA DE PLAYAS.

  1. Personas empadronadas no Concello de Ares.
  2. Responsabilidades familiares: cónyuge, hijos e hijas menores de veintiséis años y personas mayores dependientes .
  3. Personas pertenecientes a los colectivos con mayores dificultades de inserción, en especial los definidos cómo preferentes en los planes nacionales y autonómicos de Acción para el empleo y/o encontrarse en riesgo de exclusión social, atendiendo a los informes de los servicios sociales municipales o análogos.
  4. Tiempo transcurrido desde lo último empleo
  5. Experiencia laboral relacionada con el pasto de trabajo a desarrollar.

 

BASES E SOLICITUDE DE INCLUSIÓN en pdf