PRIMERA. OBJETO.- Es objeto de la presente convocatoria la cobertura temporal de un puesto de trabajo durante el proceso de selección (estabilización-Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público) para su cobertura mediante contratación laboral temporal de un/a auxiliar administrativo a tiempo completo para los servicios de Intervención-Tesorería, en los términos del párrafo 3º de la disposición adicional 4ª de la Real Decreto-Ley 32/2021 establece que “se podrán suscribir contratos de relevo para cubrir temporalmente un puesto de trabajo hasta que finalice el proceso de selección para su cobertura definitiva, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y en los términos establecidos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre , de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público”. Para estos efectos, se entiende que el plazo de 3 años del artículo 70.1 del EBEP (para la ejecución de la oferta de empleo público) sigue siendo válido.

SEGUNDA.- Modalidad: relevo en los términos del párrafo 3º de la disposición adicional 4ª de la Real Decreto-Ley 32/2021 establece que “se podrán suscribir contratos de relevo para cubrir temporalmente un puesto de trabajo hasta que finalice el proceso de selección para su cobertura definitiva, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y en los términos establecidos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre , de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público” con un plazo máximo de tres años y en todo caso cuando se cubra la plaza objeto de estabilización ( Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público) con fecha límite de cobertura 31-12-2024 para trabajos de contabilización, registro de facturas y remisión de información al MHAP (Contabilidad, Remisión al MHAP : Evaluaciones trimestrales ejecución Plan de Ajuste, ejecuciones trimestrales presupuestarias, liquidación presupuestaria, coste efectivo servicios, PMP, morosidad, etc. y colaboración en la rendición de la cuenta general y liquidación presupuestos.

TERCERA.- SISTEMA DE SELECCIÓN.-

Concurso-Oposición libre

CUARTA.- DURACION DEL CONTRATO.-

La duración del contrato será como máximo hasta el 31-12-2024 contado a partir de la firma del mismo, sin prejucio que si se cubre con antelación, se extinguirá la relación laboral (Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público).

Le corresponde las funciones  propias de auxiliar administrativo descritas anteriormente.

QUINTA.- RETRIBUCIONES.-

La retribución será la prevista de Aux. Administrativo en el vigente presupuesto.

SEXTA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.-

Para tomar parte en este proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos todos y cada uno a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes:

  1. a) Ser español, o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea en los términos del  artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley  del Estatuto Básico del Empleado Público.
  2. b) Tener cumplidos 16 años y no exceder de aquella para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de función pública.
  3. c) Estar en posesión del título de E.G.B o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, o otros superiores.
  4. f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las funciones correspondientes al puesto de trabajo para el cual se opta.
  5. g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
  6. h) Carta acreditativa de haber ingresado en la tesorería municipal del Ayuntamiento de Ares la cantidad de 15,00€ en concepto de derechos de examen.

Los candidatos deberán reunir los requisitos expresados en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias.

Los aspirantes que superen las pruebas, están obligados a prestar su jornada de 37,5 horas semanales, en la medida y manera requeridas por el interés del servicio, con horario de mañana, tarde o noche, fraccionando la jornada si fuera preciso.

SEPTIMA.- PRESENTACION DE INSTANCIAS.

Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerse mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde, en modelo que se facilitará en el Registro General de la Corporación, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en horas de oficina, en el plazo de cinco días naturales a partir de la publicación del anuncio de la convocatoria en un Periódico de los de mayor tirada de la comarca.

En las respectivas instancias, los aspirantes harán constar que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en el apartado SEXTA de estas Bases, acompañando inexcusablemente los siguientes documentos:

*Justificante acreditativo de haber ingresado en la Tesorería Municipal la cantidad de 15 euros en concepto de derechos de examen. Dicho importe podrá hacerse efectivo directamente en las arcas municipales o mediante giro postal o telegráfico, y será devuelto únicamente en caso de que el aspirante no sea admitido al proceso selectivo por falta de los requisitos exigidos para participar en el mismo.

*Méritos que el aspirante aporte para ser valorados en la fase de concurso.

*Fotocopia do D.N.I.

OCTAVA.- ADMISION DE ASPIRANTES.

Expirado el plazo de presentación de instancias, se publicará la lista de aspirantes admitidos y excluídos (en este caso con indicación de las causas que motivaron la exclusión) que se hará pública en el Tablón de Anuncios exclusivamente.

En la misma resolución el Alcalde determinará la composición del Tribunal cualificador, así como lugar, fecha y hora de la celebración del primer ejercicio.

NOVENA.- El Tribunal cualificador, designado por el Alcalde, estará integrado por los miembros siguientes:

La comisión seleccionadora estará compuesta del siguiente modo :

Presidente:

– Un funcionario designado por la Alcaldía.

Vocales:

  • Tres funcionarios/as o personal laboral fijo.

Secretario:

–    El de la Corporación  o funcionario en quien delegue.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de los miembros (titulares o suplentes, indistintamente). En todo caso, será precisa la asistencia del Presidente y del Secretario.
El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas que estime pertinentes, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas en base exclusivamente las cuales colaborarán con el órgano de selección.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en las bases.
Las indemnizaciones por asistencia como miembros del Tribunal se harán efectivas de acuerdo con el dispuesto en el artículo 33.2 de él Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

DÉCIMA.- SELECCIÓN DE LOS ASPIRANTES.

Se realizará mediante el sistema de concurso-oposición libre que se desarrollará como sigue:

FASE DE CONCURSO.

Se puntuará de la siguiente manera:

  • Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Ares o en otras Administraciones Públicas en puestos análogos desempeñando funciones objecto de la presente convocatoria : 0,080 mes, con un máximo por este concepto de 7 puntos.
  • Por diplomatura en ciencias económicas/empresariales/derecho/ADE/ciencias políticas y de la administración/sociología : 1 punto.
  • Por licenciatura/grao en ciencias económicas/empresariales/derecho/ADE/ciencias políticas y de la administración/sociología : 2 puntos.

De estos dos últimos solamente puntuará el de mayor puntuación. Para acreditar los servicios se deberá aportar certificación de la respectiva Administración, con indicación de las funciones acompañada de vida laboral.

FASE DE OPOSICIÓN.

Consistirá en la realización de dos pruebas de carácter obligatorio y eliminatorio

Para superar la primera prueba será necesario alcanzar al menos 25  puntos.

La segunda prueba será puntuada como apto o no apto.

PRIMERA PRUEBA.- Examen tipo test que guardará relación con el temario que figura cómo anexo y consistirá en responder a un cuestionario de 50 preguntas con respuestas alternativas  que puntuarán 1 punto cada una. Esta prueba tendrá una duración máxima de 60 minutos. Las preguntas erradas o falladas penalizarán 0,50 puntos. En blanco penalizarán 0,25 puntos.

SEGUNDA PRUEBA.- Prueba de gallego, consistente en traducir un texto extraído de un periódico del día del castellano al gallego, puntuando como apto o no apto. Las personas que estén en posesión del Celga 4 estarán exentas de la misma.

ÚNDECIMA.- PROPUESTA DE APROBADOS/AS.

Concluida la cualificación del proceso selectivo, el Tribunal publicará en el tablero de anuncios del Ayuntamiento la relación de todos los aspirantes con la puntuación final. El Tribunal elevará la correspondiente propuesta de contratación a favor de los/as aspirantes que habían obtenido la puntuación total más alta (el Tribunal Calificador no podrá hacer propuesta de contratación a favor de un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas).

  • Los aspirantes propuestos presentarán en el Registro General en el plazo de 3 días hábiles siguientes a la publicación de la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en las pruebas se exigen en la base sexta. A saber:
  • Copia autenticada o fotocopia (que debe presentarse acompañada de su original para compulsar) del título de E.G.B. o equivalente, o justificante de tener cumplido todos los requisitos para su expedición.
  • Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de sus funciones.
  • Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o de la Administración Local, sin encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

 DUODÉCIMA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

Una vez presentada la documentación a la que se refiere el apartado anterior, el órgano competente de la Corporación procederá a la contratación a favor de los/as aspirantes propuestos/as por el Tribunal Calificador, y será nula la contratación de quien esté incurso en causas de incapacidad específica conforme a la normativa vigente.
La formalización de los contratos tendrá lugar dentro del plazo de cinco días naturales, a contar desde la fecha de notificación del acuerdo de contratación.
Mientras no se formalicen los respectivos contratos y no se incorporen al puesto de trabajo, las/os aspirantes no tendrán derecho a percepción económica de ninguna clase. Se establece un período de práctica de 30 días en el que se informará conjuntamente por la secretaría-intervención y tesorería sobre la aptitud y cualificación del aspirante.

DÉCIMO TERCERA.- NORMAS FINALES.

Primera.- Para todo lo no previsto en estas bases, o en aquello que las contradigan, será de aplicación supletorio lo establecido en la Ley reguladora de las bases de régimen local, en la Ley de administración local de Galicia, Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia, Real Decreto 896/1991, Real Decreto 364/1995, y demás legislación vigente que sea de aplicación.

Segunda.- Todos los actos administrativos derivados de esta convocatoria, así como de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por las/os interesadas/os en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y normas vigentes concordantes.

En Ares a 13 de noviembre de 2022

EL ALCALDE

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